No se permitirán nuevas zonas habitacionales sino es factible el servicio del transporte
El Congreso del Estado aprobó una reforma integral a la Ley de Movilidad para contemplar y definir el servicio de transporte público intermunicipal y el municipal y establecer que la aprobación de nuevos desarrollos habitacionales estará supeditada a la existencia de factibilidad para el servicio de transporte público que deberá emitir el Instituto de Movilidad y Accesibilidad (IMA).
El Diputado José Luis Santos presentó en Tribuna el dictamen de la Comisión de Movilidad.
"En ningún caso podrán autorizarse nuevos desarrollos habitacionales si no existe factibilidad para el servicio de transporte público de pasajeros. Esta disposición es inapelable y no podrá sustituirse mediante convenios de medidas de adaptación", se establece en la reforma.
Como parte de las reformas se da a la Secretaría de Movilidad la atribución para implementar el uso de tecnologías avanzadas e inteligencia artificial para optimizar la estructura general del sistema de transporte público, así como el itinerario o recorrido de las rutas y sus respectivos ramales.
"Además, se establecen requisitos para la operación de motocicletas y las que sean usadas como mototaxi o similares y se definen, para sus conductores requisitos como el que deberán usar chalecos con al menos el 20 por ciento de éstos en material reflejante", mencionó el Legislador.
El dictamen con las reformas se derivó de un total de 16 iniciativas de reforma a la Ley de Movilidad, 8 de ellas presentadas en la anterior Legislatura y 8 más en la actual.